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Reglamento de Servicio Social


De los Representantes del Servicio Social

ART. 1º.
El estudiante que desee prestar su servicio social, llenará una solicitud que será proporcionada por la coordinación de servicio social del instituto.

ART. 2º.
El estudiante podrá realizar su servicio social en los programas establecidos cuando cubra los siguientes requisitos:
a) Tenga tiempo disponible.
b) Alcance la carrera o especialidad nivel académico debiendo haber cubierto 70% de créditos
aprobados como mínimo para cualquier programa, además de los requerimientos que se
indiquen específicamente.
c) Presentar constancia con calificación para comprobar el número de créditos.
d) Haber acreditado actividades extraescolares y presentar su constancia.
e) Aceptar las especificaciones de la carta de compromiso, en cuanto a buen comportamiento o
cualquier otra falta que vaya en detrimento del desarrollo de las actividades.

ART. 3º.
El alumno deberá cubrir 480 horas mínimo durante un período no menor de 6 meses y no mayor de dos años.

ART. 4º.
El alumno podrá iniciar su servicio social, cuando su solicitud haya sido aprobada por el Departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación.

ART 5º.
El estudiante podrá participar en programas establecidos o propuestos, los cuales pueden ser de desarrollo:
a) Urbano
b) Suburbano
c) Rural

ART. 6º.
El alumno que inicie la presentación del servicio social deberá presentar INFORMES BIMESTRALES de actividades desarrolladas, avaladas por el responsable del programa, en caso contrario dicho servicio será cancelado.

ART 7º.
Será obligación y compromiso de los prestantes poner todo el empeño necesario, así como aplicar su ingenio y su creatividad en los programas en que participe.

ART. 8º.
Cuando el prestador concluya su servicio social, solicitará a la Institución donde lo realizó, una constancia de cumplimiento, avalada por el responsable directo del programa en que participó para que sea posible la certificación y acreditación del servicio social.

ART. 9º.
Será obligación del prestante al concluir su servicio social presentar un informe final, el cual deberá contener los siguientes datos:
a) Introducción
b) Desarrollo de actividades
c) Resultados
d) Conclusiones
e) Recomendaciones

El reporte final deberá estar escrito a maquina o en computadora, sin faltas de ortografía, engargolado y el interesado deberá entregar al departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación:
* Original para la oficina de servicio social.
* Copia para la dependencia oficial.
* Copia para el alumno.

ART. 10º.
El informe final deberá ser entregado dentro de un periodo máximo de dos meses, a partir de la fecha en que se concluyó. EN CASO CONTRARIO SE ANULARA LA PRESTACION DE DICHO SERVICIO.

De los Responsables de Programas
El responsable del programa es la persona a cuyo cargo estarán los prestantes de servicio social, quien les asignará las actividades que deberán desarrollar.

El responsable del programa deberá entregar a la coordinación de servicio social, los programas que desarrollarán los prestadores para ser promovidos.

Normas
1. Se hará lo posible por asignar prestadores de servicio social a programas acordes con su especialidad, aunque es primordialmente importante considerar los programas de educación para adultos y los de desarrollo de la comunidad.

2. El estudiante no podrá iniciar su servicio social si no cuenta con un programa especifico a desarrollar y si no ha cubierto el 70% de créditos.

3. El servicio social no se autorizará cuando su prestación se dirija al sector privado, exceptuando las
asociaciones civiles cuyos programas beneficien directamente a la comunidad.

4.Ningún estudiante podrá prestar su servicio social como integrante de grupos culturales o deportivos representativos del Instituto Tecnológico.

5. El alumno que haya iniciado su servicio social sin previo aviso a la coordinación de servicio social no
tendrá derecho a que se le considere valido el tiempo que haya cubierto en cualquier dependencia
del sector público.

6. El alumno que se dé de BAJA de un programa tendrá que esperar dos semestres para poder
incorporarse a otro.
Publicado el 2011-05-12
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