CONTRALORÍA SOCIAL
¿Qué es la Contraloría Social?
La Contraloría Social es un grupo de beneficiarios, que, de manera organizada, verificaran el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a Programas Presupuestales con recursos federales.
¿Qué vigila la contraloría Social?
- Que se difunda la información suficiente, veraz y oportuna sobre la operación del programa.
- Que los otorgamientos de los apoyos sean con calidad, calidez, eficiente, eficaz, oportuno y de manera transparente.
- Que las autoridades competentes brinden atención a las quejas o denuncias, relacionadas al programa.
¿Qué es un Comité de Contraloría Social?
Las
formas de organización social constituidas por los beneficiarios
referidas en el artículo 67 del Reglamento de la Ley General de
Desarrollo Social, que llevan a cabo el seguimiento, supervisión y
vigilancia de la ejecución, cumplimiento de las metas y acciones
comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos
asignados a los mismos.
Objetivo de los Comités de Contraloría Social.
Colaborar
en forma VOLUNTARIA ACTIVA y de manera representativa con organismos
oficiales, seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución,
cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así
como de la correcta aplicación de los recursos asignados.
¿Cuáles son las funciones que deberán de cumplir los Comités de Contraloría Social?
- Representar los intereses y actuar como grupo de enlace entre la comunidad, las autoridades locales y autoridades centrales.
- Vigilar el adecuado manejo de los recursos financieros y que cumplan con el objetivo para el que fueron otorgados.
- Capturar y canalizar las Quejas o Denuncias a las áreas correspondientes.
- Reportar cualquier anomalía que se presente durante el proceso de la ejecución y culminación de los recursos Financieros.
Medidas para promover la equidad de género entre hombres y mujeres en la integración de los Comités.
Dentro
del Programa de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico
“E-021”, mismo que se rige por los Lineamientos para el
Desarrollo de la Investigación en el Tecnológico Nacional de México
“TecNM”, no establece el principio de Equidad de Género. Mismo
que se pondrá en función con el que se indica en la Guía Operativa
de Contraloría Social 2023 del E-021, que se ubica en el punto II,
El
procedimiento y formatos para la constitución y registro de los
Comités, en el inciso g).- El
programa federal se ejecute en un marco de igualdad entre mujeres y
hombres.
Por lo anterior, podemos mencionar que para la formación de los comités deberán de ser de manera equitativa y dar cabal cumplimiento al principio de Equidad de Género.